¿Seguro privado o social?

¿Seguro privado o social?

(La Tercera, 19 de junio de 2014)

Por Dr. Óscar Arteaga, director Escuela de Salud Pública UCh

La asociación de Isapres hizo una propuesta que apunta a eliminar el problema de cautividad de los usuarios. El objetivo sería generar mayor movilidad de los afiliados siempre que cumplan requisitos básicos: para las enfermedades GES, tener como mínimo tres años en una isapre, y para las patologías no GES, no tener hospitalizaciones en los últimos tres años.

Esta es una medida reactiva de las isapres ante un panorama que visualizan difícil para la industria, pues durante años se negaron a adaptarse a las señales del “mercado”. Su respuesta ante la declaración de inconstitucionalidad del TC respecto a las tablas de riesgo (que discriminan a los afiliados por sexo, edad y enfermedad), fue que esto debía ser resuelto por el Poder Legislativo. Y ante las iniciativas impulsadas por el gobierno del Presidente Piñera abogaron por tarifas diferenciadas, insistiendo en el esquema de discriminación. Tras el cambio de gobierno y la designación de una comisión presidencial para el sistema privado de salud, la asociación reacciona con la propuesta respecto a las preexistencias. La respuesta es insuficiente, tardía y no resuelve el problema de fondo.

Es hora de discutir reformas estructurales a los tributos, la educación y la Constitución, pero también decidir qué hacer con la seguridad social en salud, que es lo que está detrás de la comisión que la Presidenta Bachelet ha designado en el tema. La pregunta de fondo es: ¿cuál es el modelo de seguridad social qué queremos y qué papel juegan las isapres dentro de él?

Debemos derribar un mito: las isapres no son seguros privados como erróneamente se les suele denominar. Son entidades privadas que hace 33 años administran un seguro que es social, proveniente de una cotización obligatoria. Entidades privadas que administran fondos de la seguridad social existen en diversos países desarrollados que han optado por el modelo denominado bismarckiano, como Alemania, Suiza o Bélgica. En todos ellos, la cotización obligatoria de salud es reconocida como fuente pública de financiamiento, a la cual contribuyen los trabajadores, los empleadores y el Estado. Por lo mismo, la cotización no es propiedad de cada individuo, sino que pertenece al sistema de seguridad social. Existen otros modelos, como el inglés, que no se financian con contribuciones vinculadas al trabajo, sino que mediante impuestos generales y es aceptado que dicha modalidad es más progresiva.

Cualquiera sea el modelo, la OMS recomienda que el sistema se financie de acuerdo a las capacidades de contribución de cada persona, plasmando el valor de la solidaridad (sanos financian a los enfermos, los ricos financian a los pobres y los jóvenes financian a los viejos). Bajo este principio, lo que debemos decidir como sociedad es si las isapres están dentro o fuera de la seguridad social. Si son parte, podrán seguir captando la cotización obligatoria, pero la condición es que no pueden discriminar por riesgos de salud de las personas. Si quieren seguir discriminando por riesgo, la consecuencia es que no pueden seguir captando la cotización obligatoria de seguridad social y deberán transformarse en seguros complementarios.

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