¿Por qué considerar la causal de violación en proyecto de despenalización del aborto?

¿Por qué considerar la causal de violación en proyecto de aborto?

En opinión del Dr. Molina, la causal de violación debe ser considerada en la ley que despenaliza el aborto y para ello primero hay que considerar cuántas son las personas que sufren violación en Chile. “Se estima que se producen entre 2 mil y 4 mil denuncias por violación, cifra que representa solo un 10% de la información, porque las otras violaciones no son declaradas y se proyecta que se producen entre 20 y 40 mil violaciones al año en Chile. Asimismo se ha estimado que la cifra de abortos, producto de la despenalización de la causal de violación (basada en documento disponible de diferentes fuentes chilenas y extranjeras), sería entre 518 y 1.035 abortos anuales”, afirma el académico.

-¿Por qué incluir la causal de violación?

-Primero porque si una persona tiene las posibilidades de interrumpir el embarazo y voluntariamente dice: no, yo no quiero interrumpirlo, me quedo con el bebé. ¿Qué rol cumple el Estado? Si es una estudiante, tiene que asegurarle que no va a ser discriminada ni se impedirán sus estudios y el control del embarazo porque es de alto riesgo. En las mujeres violadas, la posibilidad de que el hijo tenga una malformación es muy alta. En los egresos por aborto en Chile, un volumen importante de las menores de 20 años tienen mayor tasa de mola hidatiforme, malformaciones iniciales fetales y las alteraciones genéticas son mayores a menor edad materna de gestación del embarazo. Por ende, no es tan simple cuando la persona decide seguir con el embarazo en estas circunstancias. Cuando se está legislando, la mujer debe ser protegida en forma integral en educación; mantención; protección porque puede seguir siendo abusada; seguimiento del hijo; control del embarazo; atención del parto; atención al recién nacido. La mayoría de los casos son partos prematuros, que es un gasto adicional de neonatología. Si no existe legislación seguimos como ahora: da lo mismo y las mujeres que decidan tener su hijo no tendrán ninguna garantía. En cambio, con una legislación con posibilidad de interrumpir el embarazo, el Estado debe brindar todo el apoyo y el personal de salud tiene que formar equipos especiales, no es cualquier hospital ni equipo. En todas las regiones deben formarse nuevos equipos.

En el caso en que una mujer decida no quedarse con su hijo, ni interrumpir el embarazo y quiere darlo en adopción, se deben mejorar los mecanismos de adopción en el país, que no son óptimos. El apoyo en salud mental y psicosocial es tremendamente importante. En un país sin legislación como Chile, es mejor el mecanismo de adopción privado que el público.

Si legislamos en el derecho de la mujer, no significa que van a abortar todas, sino que se dará posibilidad a las mujeres que decidan quedarse con el embarazo, con un cuidado integral.

Si una mujer de nivel socioeconómico medio o medio alto no quiere el embarazo, irá a interrumpirlo a cualquier otro país y le sale más barato ir a Uruguay, Perú, Cuba, etc. Esa es la realidad. En la violación no hay riesgo de muerte o malformación congénita, estamos hablando de un niño que no tiene ninguna anormalidad. Sin embargo, los hijos de menores de edad a futuro tienen mayor cantidad de enfermedad en los primeros 5 años; una tasa de mortalidad infantil que dobla o triplica la cifra de mujeres que han tenido voluntariamente el embarazo. Asimismo, el número de accidentes caseros que tiene el hijo de una mujer violada son significativamente mayores; y en el seguimiento a largo plazo, las posibilidades de éxito en el futuro son más menguadas. Las posibilidades de esos niños son mayores con legislación.

¿Cuál es el rango etario de las personas que sufren violación? El doctor Molina afirma que: “La mayoría de las denuncias provienen de familiares de menores de edad, concentrándose en menores de 15 años. El 60% de esas violaciones provienen de perpetradores que son familiares, vecinos o conocidos de la víctima. Por tanto, cuando se produce el embarazo -en donde probablemente la violación es crónica- el problema se complica desde lo judicial, ya que las personas más vulnerables son las que van a sufrir en mayor volumen esta situación. En estos casos, la interrupción del embarazo queda, en muchas veces, en manos de mayores de edad que deciden por ellas. Aquí es donde el Estado debe hacer el acompañamiento, lo que significa la asesoría psicológica, psiquiátrica, legal, asistencia social, etc. y para que eso ocurra tiene que haber una ley que dé esa posibilidad. Si no, la violación no existe y tampoco un registro ni seguimiento. Por tanto, la solicitud de interrupción del embarazo es una causal de derecho, que obviamente debe entrar en una legislación directa de prevención de la violación, del embarazo por violación y de cuáles son las posibilidades de decidir de una persona embarazada”.

¿Qué ocurre en países con legislación?

El académico enfatiza en que: “Cuando uno analiza la experiencia de Estados Unidos, Colombia, Brasil, Uruguay, Argentina, que tienen posibilidades de interrumpir el embarazo por violación -teniendo todo el apoyo- solo el 50% elige el aborto. Este dato es extraordinariamente importante. El otro 50% se distribuye en un 35% que decide quedarse con el bebé y el otro 15% se explica por aborto espontáneo o entrega en adopción. De cada 100 personas que aceptan interrumpir el embarazo, solo el 40% llega a la citación de intervención. Por eso se explica que solamente la mitad termina en interrupción en el embarazo”.

Y releva que: “En consecuencia, una legislación que no incluya la causal de violación es una ley que afecta a la población más vulnerable, pues no sólo obliga a la mujer violada a quedarse con el hijo gestado en la violencia contra la mujer que se ha definido como una ‘marca en un fino acero sueco’, especialmente en menores de edad, sino que quita toda posibilidad de ayuda del Estado para aquellas que deciden por no abortar y quedarse con su bebé y dar en adopción que, en conjunto, puede llegar entre el 60 y 65% de las potenciales mujeres embarazadas por violación”.

Finaliza que “la legislación, en este aspecto, está reñida con los mínimos criterios de ética, moral, comprensión y sentido común”.

Sandra Vargas B. - Periodista Escuela de Salud Pública 

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